6.13 Acoplamiento de los frenos de remolque
a.- ESPECIFICACIONES GENERALES
Todo remolque o semirremolque con sistema de frenado continuo deberá disponer en su circuito de frenos, de válvulas de cierre automáticas, de forma que en caso de separación del conjunto de vehículos no se vea afectada la eficacia de frenado del resto del conjunto.
El acoplamiento podrá ser neumático o eléctrico. No obstante el método sólo se aplicará en caso de acoplamiento neumático.
b.- MÉTODO
Mediante inspección visual desconectando y volviendo a conectar el acoplamiento, se comprobará si:
c.- REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA.
General:
Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular:
Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R
| INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS | Calificación |
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DL |
DG |
DMG |
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| 1.-
Válvulas de aislamiento o válvulas de cierre automáticas defectuosas 1.1.- Si existe riesgo de desenganche o fallo del sistema |
X |
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X |
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| 2.- Válvula insegura o montada incorrectamente | X |
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| 3.-
Pérdida de fluido 3.1.- Pérdida de fluido excesiva, comprometiendo el funcionamiento del sistema |
X |
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| X | |||
| 4.- Funcionamiento inadecuado del sistema | X |
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