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1.2 Número de Bastidor

a.- ESPECIFICACIONES GENERALES

Todo vehículo, a efectos de identificación, deberá llevar un número de identificación grabado, troquelado o inscrito de forma indeleble en el bastidor, estructura autoportante o cualquier otra estructura análoga.

 

b.- MÉTODO

Mediante inspección visual del nº de bastidor del vehículo se comprobará:

- Su existencia.

- Su estado (ilegible, manipulación aparente, incompleto).

- La coincidencia con el número que figura en la documentación.

 

c.- REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA

General: Reglamento General de Vehículos, Arts. 8 y 10.

Particular: Directiva 76/114/CEE

 

d.- INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS

Calificación

DL

DG

DMG

1.-Inexistencia o imposibilidad de encontrarlo

X

2.-Defectos de estado

X

3.-No coincide con el que figura en la documentación

X